Kit Digital
Te ayudaremos a conseguir hasta 12.000€ del programa
Aviva está incluido en el catálogo de soluciones ofertadas en el Kit Digital en la parte de Gestión de Procesos (Firma Electrónica y notificaciones fehacientes).
Más informaciónTe ayudaremos a conseguir hasta 4.000€ del programa
Aviva está incluido en el catálogo de soluciones ofertadas en el kit digital en la parte de Gestión de Clientes (Comunicaciones, acciones y/o tareas comerciales a través del SMS/Email).
Más información¿Qué es el Kit Digital?
El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital.
Aviva es agente digitalizador, y es por eso que podrás contar con nuestra experiencia y equipo para guiarte y ayudarte en este proceso.
¿Cómo conseguir el Kit Digital?
Si cumples con las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria de la ayuda del Kit Digital, podrás disponer de un bono digital que te permitir acceder a las soluciones de digitalización.
Descárgate la Guía rápida para saber más.
Cómo solicitar tu bono Kit Digital
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Regístrate en la plataforma de Acelera Pyme
Accede a la web de Kit Digital para comprobar si reúnes los requisitos para solicitar la subvención. Una vez registrado, deberás realizar el test de diagnóstico inicial para valorar el nivel de digitalización de tu empresa.
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Solicitud del Bono Digital
La solicitud del bono se realiza desde la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es), para ello completa el formulario con sus datos.
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¡Emplea tu bono!
Contacta con nosotros, coméntanos que estás esperando tu Bono digital y nosotros te ayudamos y asesoramos para que elijas el producto más acorde a tu cambio.
Requisitos para obtener tu Kit Digital
Antes de nada has de cumplir las siguientes condiciones. ¿Cumples las condiciones? ¡Entonces el Kit Digital es tuyo!
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Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
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Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
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Tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria y estar dado de alta.
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No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
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No tener consideración de empresa en crisis.
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Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
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No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
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No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).
¿A quién va dirigido?
El importe máximo depende del tamaño de tu empresa, ¡elige el más adecuado para ti!
12.000 €
De 10 a 50 empleados
Segmento I
Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados.
6.000 €
De 3 a 10 empleados
Segmento II
Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados.
2.000 €
De 0 a 3 empleados
Segmento III
Pequeñas empresas o Micro de entre 1 y 3 empleados y situaciones de autoempleo.